Información general sobre legislación para extranjeros en España

Mundo - Acción Social

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A partir de la fecha de hoy, publicaremos periódicamente material sobre la legislación y normas de aplicación a los extranjeros, en particular a los ciudadanos extracomunitarios latino-americanos, con el fin de aclarar dudas frecuentes relacionadas con la ley de extranjería aplicada en España. Este país acoge la mayor parte de los inmigrantes procedentes de América Latina residentes en la Comunidad Europea.

Algunas respuestas a preguntas frecuentes.

¿Qué pasa si no puedo regularizarme en el proceso de normalización?
-¿Luego de ese período de tres meses qué otras opciones tendré?


Tras ese período transitorio inicial, comenzará una segunda fase donde se aplicará el reglamento de extranjería a fondo y donde el inmigrante ‘sin papeles’ residente en España tendrá dos opciones: el ‘arraigo laboral’ y el ‘arraigo tradicional’.

-¿En qué consiste el Arraigo Laboral?

Será una figura de carácter permanente que establece que el derecho de permiso de trabajo y residencia para los ‘sin papeles’ que demuestren llevar viviendo en España de forma continua por un mínimo de dos años; que no tengan antecedentes penales ni en España ni en su país de origen y que puedan demostrar la existencia de una o sucesivas relaciones laborales que en su conjunto no sean inferiores a un año.

-¿Y la vía de Arraigo Tradicional?

Esta figura se mantiene y se aplicará a todo aquel que demuestre llevar más de tres años en España; “carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen”; tener un contrato de trabajo en el momento de la solicitud y/o tener vínculos familiares ‘de primer grado’con españoles o extranjeros residentes legales en España (cónyuges, ascendientes o descendientes directos), o un documento de su Ayuntamiento donde se acredite su “inserción social en España”.

¿Qué ocurre si, tras conseguir la regularización con un contrato de seis meses, no logro renovarlo y me quedo en el paro? ¿Tendré que abandonar España?


La renovación del permiso exige, por regla general, seis meses de cotización. Pero también se renueva la autorización cuando se ha trabajado sólo durante tres meses, siempre que se tenga nuevo contrato de trabajo en el momento de solicitarlo, y que acredite que la relación laboral inicial se extinguió por causas ajenas al propio trabajador y que desde entonces ha buscado activamente empleo, a través de los servicios públicos de empleo o de programas de inserción sociolaboral que cuenten con financiación pública. Por tanto, aunque el trabajador se haya quedado transitoriamente en paro, el Reglamento le ofrece varias vías para renovar su autorización de residencia y trabajo. Si no consigue ni oferta, ni contrato de trabajo, entonces su autorización de residencia y trabajo no se renovará y deberá, en efecto, abandonar España en el plazo de 15 días desde la notificación de la denegación.


¿Qué ocurre si, pasado el plazo dado por el Gobierno para esa normalización extraordinaria, yo, que estoy en situación irregular, consigo el compromiso del empresario para hacerme un contrato de seis meses?


Pasado el plazo transitorio de normalización, queda cerrada la posibilidad de regularizar trabajadores que se hallen en España, salvo por la vía del arraigo laboral o del arraigo social, ya expuestos. En cuanto al régimen general, requiere inexcusablemente que el trabajador no se halle en España en el momento de la solicitud. De lo contrario, la solicitud será inadmitida a trámite.



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Carlos Venturelli  - Información de vital importancia |04-01-2008 17:50:09
Considero importantísima la divulgación de esta información, aunque para algunos lectores de habla portuguesa no lo parezca tanto. Actualmente existen millares de ciudadanos latino-americanos residentes en España que diariamente plantean dudas sobre procedimientos legales de vital importancia para estas personas y sus familias. Entre otros tantos, destaco el problema de la reagrupación familiar, que trata de reunir a familias cuyos padres o madres se encuentran en España trabajando y que dejaron a sus hijos en su país de origen. Las leyes españolas no dan muchas facilidades para que estas familias se reúnan, causando un verdadero trauma, sobretodo en los hijos de corta edad que se encuentran alejados de sus padres.

En este sentido, agradezco el trabajo de información que está llevando a cabo el colaborador Carlos Altieri, argentino, que seguramente será de mucha utilidad para los lectores de habla hispana que accedan a nuestro portal. De esta forma, tanto los hombres y mujeres latinos que se encuentran trabajando en España, incluido el nutrido número de brasileños, como sus familiares en sus respectivos países, podrán estar mejor preparados para llevar a buen término sus trámites ante las instituciones españolas.
kely  - una pregunta |28-02-2008 13:20:13
yo tengo 7años de empadronamiento en españa,tengo una hermana con documentacion y mi areja tb,pero me cogieron trabajando y me dieron una carta de expulcion,recogi al proceso y esta en tramite aun,que podria hacer para regularizarme?
gracias por alatencion
Carlos Venturelli  - Regularización |28-02-2008 19:56:58
avatar Hola Kely

Su pregunta ha sido encaminada a un abogado especialista en asustos de extranjería.

La semana que viene publicaremos la respuesta.

Gracias por tu participación.

Un saludo.
juliana  - arraigo laboral |10-03-2008 09:40:27
Vivo en españa hace ya 2 años, e contatei com mi abogado y no me dijo nada sobre el arraigo laboral e quiero saper se todavia esta en vigor la leye de arraigo laboral e o que se necessita para los tramites. muchas gracias...
Anônimo |18-03-2008 17:09:54
EU,levo tres anos e tres messes em ESPANHA ,trabralho em oito casas limpando por hora.ESTEcontrato que pedem para o arroigo social as senhoras tem que apresentar declaraçao de renda com valor de 32.000,00 mil euros anual ou so o xerox do dni ja se vale.graçias ME CHAMO CLEUDENICE BATISTA DOS SANTOS
Rubens  - Esclarecimiento |13-04-2008 08:39:52
Tengo tarjeta portuguesa e quiero cambiar por una tarjeta española. Lo que debo hacer?
Samanta Nunes |12-08-2008 18:21:22
:s :s Beuno tengo muchas dudas,quiero regularizarme,pero tengo expulsion,a parte ya fui deportada,pero cuando volvi,la policia me pillo otra vez,y no me han deportado,pero me echaran otra expulsion,desde de entonces va hacer 3 año.Me gustaria saber si acaso salga la ley de ARRAIGO puedo regularizarme,pues ya llevo 4 años en España,otra opcion es si puedo consiguir a alguien que me haga un contrato de trabajo???
Necesito mucho saber...Gracias espero respuesta.
sreekumar  - ¿Qué debo hacer si me han dengado la reagrupación |25-08-2009 09:03:45
hola,
Solicité la reagrupación de mi esposa el 3 de agosto. El 13 de agosto salido resultado no favorable porque sólo he presentado contrato de trabajo de tres mes (hasta el 30 de septiembre). ¿Cuál es la duración mínima del contrato de trabajo para reagrupar la familia? Mi compañía sólo da del contrato 3meses+ 3meses+ indefinido. ¿Puedo yo presentar un compromiso de jefe del recurso humano de mi compañía: ¿está bien para mí?
¿Puede usted ayudarme a escribir bueno comprimiso Entonse puedo conseguir la firma de mi jefe.
Espero su repuesta, gracias
Atentamente,
sreekumar
iscarlatt priscila nascimento  - antecendente penal |29-08-2010 09:45:32
vivo em españa hase desde mis 11 años ahora tengo 18 y vorvi en brasil cuando aun era menor de 16 años y me gustaria saber como conseguia mis antencedente penalis desde aqui,y se puedo aprensento uno otro papel que demontre que no sali de españa nesta temporada.gracias
iscarlatt priscila nascimento  - re: antecendente penal |29-08-2010 09:47:02
iscarlatt priscila nascimento Escreveu:
vivo em españa desde mis 11 años ahora tengo 18 y vorvi en brasil cuando aun era menor de 16 años y me gustaria saber como conseguia mis antencedente penalis desde aqui,y se puedo aprensento uno otro papel que demontre que no sali de españa nesta temporada.gracias
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